La dificultad estructural de acceso a la vivienda que atraviesan muchas mujeres no puede leerse únicamente como una disfunción del mercado inmobiliario ni como una coyuntura económica adversa. Se trata de un fenómeno profundamente inscrito en relaciones históricas de género, en la división sexual del trabajo, en la precarización sistemática del cuidado y en la desigual distribución de recursos materiales. Cuando estas desigualdades se entrecruzan con trayectorias de exclusión penal, el efecto se intensifica hasta volverse casi asfixiante: la vivienda deja de ser un derecho social para convertirse en un umbral prácticamente inaccesible.
En este punto crítico se sitúa la iniciativa Posibilita, y cuya propuesta —facilitar el acceso a la propiedad a mujeres con un único ingreso, especialmente madres, mujeres separadas, migrantes o mayores de cuarenta años— debe comprenderse más allá de su dimensión financiera o cooperativa. Lo que está en juego no es únicamente un modelo de acceso a la propiedad, sino una intervención político-criminal en sentido amplio: una alternativa material frente a los circuitos de exclusión que el sistema penal, directa o indirectamente, contribuye a consolidar. La tesis que aquí se sostiene es que la vivienda constituye un vector de autonomía capaz de operar como política feminista antipunitivista, especialmente relevante para mujeres con criaturas que han atravesado prisión o que se encuentran en riesgo de exclusión social.
La criminología feminista ha mostrado con claridad que la experiencia penal de las mujeres no es neutra. Cuando una mujer entra en conflicto con la ley no solo se activa el aparato punitivo respecto del hecho atribuido, sino que se desencadena una reacción social que evalúa también su adecuación —o inadecuación— a las expectativas normativas de género. La mujer delincuente aparece así como doblemente desviada: por infringir la norma penal y por transgredir el mandato cultural asociado a la feminidad, al cuidado y a la maternidad. Esta lógica de doble penalización no se agota en el juicio ni en la condena, sino que se proyecta sobre la etapa posterior a la excarcelación, reforzando el estigma y estrechando drásticamente el acceso a oportunidades laborales, residenciales y comunitarias.
En numerosos casos, las mujeres privadas de libertad proceden de contextos atravesados por exclusión social prolongada, precariedad material y ausencia de redes de apoyo sólidas. La prisión no corrige estas condiciones; con frecuencia, las agrava
En el ámbito penitenciario, esta doble penalización adquiere formas muy concretas. La salida de prisión suele ir acompañada de una intensa estigmatización social, de enormes dificultades para acceder a empleo y vivienda, de debilitamiento o ruptura de vínculos maternos y de invisibilización de trayectorias previas marcadas por violencia de género, pobreza estructural o economías de supervivencia. En numerosos casos, las mujeres privadas de libertad proceden de contextos atravesados por exclusión social prolongada, precariedad material y ausencia de redes de apoyo sólidas. La prisión no corrige estas condiciones; con frecuencia, las agrava. Desde una lectura político-criminal crítica, la cárcel funciona así como un mecanismo de administración de la marginalidad más que como herramienta de transformación social. Tras la excarcelación, la falta de vivienda estable se convierte en uno de los factores decisivos en la reproducción de la exclusión y en el riesgo de nuevas trayectorias de control penal.
En este contexto, resulta inevitable plantear una pregunta incómoda pero esencial: ¿puede hablarse seriamente de reinserción si no se garantizan condiciones materiales mínimas para sostener la vida? El discurso institucional de la reinserción suele formularse en términos normativos abstractos, apelando a la responsabilidad individual, a la voluntad de cambio o al cumplimiento de programas. Sin embargo, sin acceso real a vivienda, empleo digno, redes de apoyo y cuidado infantil, la reinserción se convierte –y así sucede de facto en España- en una categoría retórica vaciada de contenido material. Una política feminista coherente no puede eludir esta contradicción entre discurso jurídico y realidad social.
El feminismo antipunitivista, en diálogo con la criminología crítica y con propuestas abolicionistas, sostiene que la justicia de género no puede descansar estructuralmente sobre el encarcelamiento, pues este reproduce desigualdades de clase, raza y género y desplaza la atención desde las causas estructurales hacia la sanción individual
En el debate feminista contemporáneo, esta tensión se traduce en una discusión más amplia sobre el papel del sistema penal. Existen corrientes que buscan incorporar la perspectiva de género al derecho penal, reforzando la respuesta punitiva frente a determinadas violencias; y existen otras que advierten que la expansión del castigo, aun cuando se presente como herramienta emancipadora, puede terminar consolidando el aparato penal como instrumento privilegiado de gestión de conflictos sociales. El feminismo antipunitivista, en diálogo con la criminología crítica y con propuestas abolicionistas, sostiene que la justicia de género no puede descansar estructuralmente sobre el encarcelamiento, pues este reproduce desigualdades de clase, raza y género y desplaza la atención desde las causas estructurales hacia la sanción individual.
Desde esta perspectiva, la cuestión central no es cómo castigar mejor, sino cómo reducir la centralidad del castigo en la arquitectura de las políticas públicas. Ello implica desplazar el eje desde la reacción punitiva hacia la redistribución de recursos, el fortalecimiento de redes comunitarias y la inversión en condiciones materiales que sostengan la autonomía. La seguridad no puede identificarse exclusivamente con el endurecimiento penal; debe incorporar, de manera decidida, la garantía de vivienda digna, estabilidad económica y reconocimiento social.
La vivienda, en este marco, deja de ser un simple bien patrimonial para revelarse como infraestructura básica de autonomía. Es espacio de cuidado, condición de estabilidad emocional, plataforma para el ejercicio efectivo de derechos y requisito para la empleabilidad. Para mujeres con criaturas a su cargo que han atravesado prisión, la vivienda estable cumple una función decisiva en la reconstrucción de proyectos vitales, en la reunificación familiar y en la reducción de dependencias económicas que pueden reproducir dinámicas de subordinación o violencia. Sin un espacio seguro donde habitar, la salida de prisión es puramente formal; la exclusión continúa operando bajo otras formas.
Aquí es donde Posibilita adquiere su dimensión más profunda. Al articular mecanismos cooperativos y solidarios de acceso a la propiedad para mujeres con un único ingreso, la iniciativa interviene directamente sobre una vulnerabilidad estructural que el sistema penal no corrige
Aquí es donde Posibilita adquiere su dimensión más profunda. Al articular mecanismos cooperativos y solidarios de acceso a la propiedad para mujeres con un único ingreso, la iniciativa interviene directamente sobre una vulnerabilidad estructural que el sistema penal no corrige. Genera comunidad económica entre mujeres, reduce la dependencia financiera tradicional y democratiza el acceso a activos patrimoniales que históricamente han estado vedados para muchas de ellas. No se trata de asistencia caritativa ni de filantropía puntual, sino de redistribución estratégica de oportunidades en clave de justicia social.
Desde una lectura político-criminal, esta intervención puede entenderse como una forma de prevención estructural. Mientras el sistema penal actúa ex post, gestionando conflictos ya producidos, una política de vivienda como la que impulsa Posibilita actúa sobre las condiciones que incrementan la vulnerabilidad y el riesgo de nuevas trayectorias de exclusión. En el caso de mujeres con hijos o hijas, el efecto es particularmente significativo: la estabilidad residencial protege a los menores de circuitos institucionales, sostiene la continuidad educativa, fortalece redes vecinales y permite reconstruir identidades sociales más allá del estigma penal. Desde una lógica antipunitivista, estas transformaciones resultan mucho más eficaces que la intensificación del control penal.
Posibilita encarna un desplazamiento fundamental: no pregunta primero por el delito, no se define por la lógica de la sanción y no reproduce el estigma. Se sitúa en el terreno de la autonomía y la dignidad
Superar la ficción de la reinserción formal exige asumir que la justicia feminista no puede limitarse a proclamar derechos, sino que debe crear las condiciones materiales para ejercerlos. Si se reconoce que una parte relevante de las mujeres privadas de libertad proviene de contextos de vulnerabilidad estructural, entonces la respuesta pública coherente no es reforzar el castigo, sino desactivar las condiciones que producen esa vulnerabilidad. En este sentido, Posibilita encarna un desplazamiento fundamental: no pregunta primero por el delito, no se define por la lógica de la sanción y no reproduce el estigma. Se sitúa en el terreno de la autonomía y la dignidad.
En un contexto en el que el recurso al derecho penal se ha convertido en respuesta casi automática frente a problemas sociales complejos –un ejemplo de extraordinaria actualidad es la aprobación de la Ley sobre multirreincidencia aprobada este mismo mes– proyectos como Posibilita abren un espacio político distinto. No compiten con el sistema penal; lo desbordan. Al colocar la vivienda en el centro de la agenda de autonomía femenina, la iniciativa amplía el concepto mismo de justicia, reduce dependencias estructurales y ofrece una salida digna para mujeres con criaturas tras prisión. Más allá de su dimensión financiera, constituye una intervención político-criminal alternativa coherente con una criminología feminista crítica y con un feminismo antipunitivista que no se limita a cuestionar la prisión, sino que construye materialmente las condiciones para que la prisión deje de ser central en la gestión de la exclusión.
La justicia feminista se realiza cuando las condiciones materiales permiten vivir con dignidad. Y es precisamente en esa articulación entre redistribución, autonomía y reconocimiento donde iniciativas como Posibilita adquieren su verdadero sentido político.
Paz Francés Lecumberri, colabora en contenidos y en la creación de una línea dentro de Posibilita que permita el acceso a la vivienda a expresas y madres expresas. Doctora Internacional en Derecho penal, Profesora Titular de Derecho penal en la Universidad Pública de Navarra. Es en la actualidad una de las principales voces del movimiento que desplaza lógicas antipunistas en la justicia desde perspectivas de género.